TABLÓN EDICTAL DE SANCIONES DE TRÁFICO
Núm. 000000008118-110000 Lunes 25 marzo 2019
Resoluciones de sanciones
Diputación de Cádiz
Ayuntamiento de La Línea de la Concepción
   Edicto de notificación de sanciones de tráfico

   De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con lo igualmente establecido en esta materia por los artículos 90, 91 y 92 del RDLeg 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se hace pública la notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores de tráfico vial urbano de La Línea de la Concepción que se indican, dictadas por la autoridad competente, según lo dispuesto en el artículo 84 del RDLeg anteriormente citado, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en su último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

  Estas sanciones deberán hacerse efectivas en su importe pendiente de pago, dentro de los quince días naturales siguientes a la firmeza de esta resolución. Para ello se deberá dirigir a cualquier oficina del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación de Cádiz y solicitar el documento de pago, advirtiéndole que transcurrido este plazo sin haber satisfecho el importe de la sanción, se procederá a su recaudación por la vía de apremio, con los recargos e intereses legales correspondientes (Artículos 96.1 y 110 RDL 6/2015).

  Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer, de acuerdo con lo establecido en los artículos 96 RDL 6/2015 y 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de las Bases del Régimen local, Recurso de Reposición, en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución. La interposición del Recurso de Reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado ni de la sanción, y podrá ser realizada de forma presencial en: Unidad Técnica del SPRyGT, Calle Real nº 1, esquina con Plaza de la Constitución. 11.300 La Línea de la Concepción (Cádiz), o en cualquiera de los Registros legalmente establecidos , debidamente cumplimentada, indicando el nº de expediente, y dirigida al Órgano Sancionador: El Diputado Delegado del Área de Servicios Económicos de la Diputación de Cádiz.

  Asimismo podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de la disposición impugnada o al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquél en que deba entenderse desestimado el recurso de reposición. Dicho recurso deberá interponerse ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, de acuerdo con los artículos 8, 14.1 regla 2º y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, podrá formular cualquier recurso que estime oportuno.

  En el caso de que la infracción lleve aparejada la pérdida de puntos, estos se detraerán del permiso o licencia de conducción cuando la sanción sea firme. Puede consultar su saldo de puntos en: www.dgt.es

  La documentación correspondiente a los expedientes indicados obra en la Unidad Técnica de Sanciones del SPRyGT de la Diputación de Cádiz. Paseo Marítimo, 3 entreplanta izqda, Edif. Reina Victoria 11010, Cádiz. T 956206135 E sanciones.recaudacion@dipucadiz.es.

  La identificación de los afectados y destinatarios de las actuaciones administrativas se realiza dando cumplimiento de la Disposición Adicional Séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
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   CADIZ,2019-03-19,La Vicesecretaria General  , Dª. Marta Álvarez-Requejo Pérez,
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https://sede.dgt.gob.es
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