TABLÓN EDICTAL DE SANCIONES DE TRÁFICO
Núm. 000000001943-280920 Jueves 5 agosto 2021
Resoluciones de sanciones
Ayuntamiento de Móstoles
   RELACION DE NOTIFICACION DE RESOLUCIONES

   Habiéndose intentado la notificación individual (en el domicilio expresamente indicado por el interesado para notificaciones o, de no haber indicado ninguno, en el domicilio que figura en los registros de la Jefatura Central de Trafico) de las Resoluciones dictadas en los procedimientos administrativos sancionadores por la comisión de las infracciones en materia de tráfico (determnados en la relación adjunta) sin que haya resultado posible la entrega de la misma, es por lo que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90.3, 91 y 92 del RDL 6/2015, de 30 de octubre LTCVMSV en relación al art.59.5 y el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), se procede ordenar su publicación mediante este anuncio, que por entender que la publicación íntegra de este acto podría lesionar sus derechos e intereses, habrá de personarse en el plazo de 10 días a partir del siguiente a esta notificación, en las dependencias administrativas de Sanciones de Tráfico del Ayuntamiento de Móstoles, planta baja, Plaza de España, 1, Móstoles, en horario de 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes (excepto festivos), al objeto de conocer el contenido íntegro del acto.

  Vista la documentación obrante en el expediente, vengo a declarar a la persona física/jurídica reseñada en el anexo adjunto, responsable de la infracción imputada, debiendo hacer efectivo el importe total de la multa en el plazo de 15 DÍAS NATURALES, transcurridos los cuales sin haberse efectuado el pago en la entidad colaboradora BANKIA (nº de cuenta ES70 2038 2221 71 6000547155) o bien mediante giro postal al Ayuntamiento de Móstoles, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio de conformidad con lo previsto en los artículos 96.1 y 110 del LTCVMSV y 95 de la OTC.

  Contra este acto que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la OTC y 96.2,3,4,5 y 6 de la LTCVMSV, podrá interponerse con carácter potestativo Recurso de Reposición, en el plazo de UN MES, ante el mismo órgano que lo  ha dictado o directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid, en el plazo de DOS MESES, de conformidad con lo previsto en el art. 46 de la Ley 29/1998, de julio LJCA. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus legítimos derechos e intereses, (art. 69 LPACAP)

  Los plazos han estado sujetos a la suspensión establecida en la Disp. Ad. 3ª del R. D. 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, reanudándose el 1 junio en virtud del art. 9 del R. D. 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el R.D.463/2020, de 14 de marzo antedicho.
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   Móstoles,2021-08-04,Concejal Delegado de Hacienda. Vitorio Martínez Armero,
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