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TABLÓN EDICTAL DE SANCIONES DE TRÁFICO |
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Núm. 000000000957-180877 |
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Lunes 20 agosto 2018 |
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Notificaciones de denuncia |
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Ayuntamiento de Granada |
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Anuncio del Ayuntamiento de Granada por el que se notifican iniciaciones de expedientes sancionadores.
Expediente: 276/2018
EDICTO
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De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 90.3 y 91 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se hace pública la notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por el Ayuntamiento de Granada, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en su último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar. La documentación correspondiente a los expedientes indicados obra en la Sección de Infracciones del Ayuntamiento de Granada, instructora del procedimiento sancionador.
Este edicto se mantendrá expuesto durante el plazo de veinte días naturales, transcurrido el cual la notificación se tendrá por practicada. Dentro del plazo de veinte días naturales, contados desde el día siguiente al de la finalización de la publicación del presente edicto, podrá:
A) CONFORMIDAD CON LA DENUNCIA: Si abona la multa en el plazo indicado tiene una reducción del 50% sobre el importe de la misma. Éste pago implica: la terminación del procedimiento el día del pago y la renuncia a formular alegaciones y recursos. Al efectuar el pago reducido, queda abierta la vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, a contar desde que éste se produce, ante el órgano judicial competente.
B) DISCONFORMIDAD CON LA DENUNCIA: Podrá formular alegaciones con aportación o proposición de las pruebas que estime oportunas.
TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO (Sólo aplicable a infracciones leves o graves que no detraigan puntos): Si no formula alegaciones ni paga la sanción en el plazo indicado, la presente notificación surte efectos de acto resolutorio del procedimiento. Esto supone que no se dictará resolución sancionadora y que se procederá a la ejecución de la sanción a los treinta días naturales desde la notificación de esta denuncia, quedando entonces abierta la vía contencioso-administrativa.
PUNTOS A DETRAER: Si efectúa el pago reducido de la multa, los puntos se detraerán al día siguiente del pago. En otro caso, los puntos se detraerán cuando la sanción sea firme.
PRESENTACIÓN DE ESCRITOS: En la forma y lugares establecidos en los arts. 14 y 16.4 de la Ley 39/2015, y preferentemente en Ayuntamiento de Granada, sito en Avda. Fuerzas Armadas, 4 (18014) y Oficinas Desconcentradas de Información y Registro del Ayuntamiento de Granada. |
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NOTA IMPORTANTE: |
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Granada,2018-08-09,EL ALCALDE EN FUNCIONES.- Fdo.: Baldomero Oliver León,
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CSV: TTRAPU-90E1XN-EO8SDC-31A693 |
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TABLÓN EDICTAL DE SANCIONES DE TRÁFICO |
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