TABLÓN EDICTAL DE SANCIONES DE TRÁFICO
Núm. 000000000789-230927 Miércoles 25 marzo 2020
Notificaciones de denuncia
Ayuntamiento de Úbeda
   Edicto notificación inicio procedimientos sancionadores por infracción de tráfico

   De conformidad con lo dispuesto en los artículo 90 y 91 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se hace público el presente anuncio para hacer saber, que por el Sr. Concejal Delegado, como autoridad competente para dictar resolución ha ordenado la incoación del correspondiente procedimiento sancionador, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en su último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar por las razones que en cada uno de los expedientes constan. El texto completo de la notificación se encuentra a su disposición, junto con la documentación del expediente en el Negociado de Tráfico del Ayuntamiento de Ubeda sita en Avda. Chiclana de la Frontera, s/n, Ubeda (Jaén). Podrá usted/es optar por:

  1.- PAGAR LA DENUNCIA.- Para beneficiarse de la REDUCCION DEL 50% que establece la LSV, el infractor podra hacer efectivo durante los VEINTE DIAS NATURALES contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación. El pago con la reducción comporta la renuncia a formular alegaciones, la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución expresa, el día en que se realice el pago, el agotamiento de la vía administrativa siendo recurrible únicamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, la firmeza de la sanción en la vía administrativo desde el momento del pago. (FORMA DE PAGO: Indicado NUMERO DE EXPEDIENTE Y MATRICULA DEL VEHICULO, en el número de cuenta IBAN.-ES94-2103-0355-92-0060000041 o por giro postal o bien mediante entrega del importe de la sanción en metálico en el Departamento de Recaudación de este Ayuntamiento).

  2.- IDENTIFICAR AL CONDUCTOR O ARRENDATARIO.- Dispondrá de VEINTE DIAS NATURALES contados a partir de aquel en que tiene lugar la práctica de la notificación. Para ello deberá facilitar sus datos personales (nombre y apellidos, D.N.I., domicilio y población). Si el conductor no figura inscrito en el Registro de Conductores e Infractores, el titular deberá disponer de copia de la autorización administrativa que le habilite a conducir en España y facilitar la misma a la Administración cuando le sea requerida.

  Asimismo SE PONE EN CONOCIMIENTO DE LOS INTERESADOS LO SIGUIENTE:

  - De acuerdo con lo establecido en el artículo 82 1 g) de la LSV, el titular o el arrendatario , en el supuesto de que constase en el Registro de Vehículos será responsable de las infracciones por estacionamiento, salvo en los supuestos en que el vehículo tuviese designado un conductor habitual o se indique un conductor responsable de los hechos.

  - Si el denunciado no formula alegaciones ni abona el importe de la multa en el plazo de veinte días naturales siguientes al de la notificación de la denuncia, ésta surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador. En este supuesto, la sanción podrá ejecutarse transcurridos treinta días naturales desde la notificación de la denuncia. Lo indicado en este párrafo será de aplicación únicamente cuando se trate de infracciones leves, infracciones graves que no detraigan puntos e infracciones graves y muy graves cuya notificación se efectuase en el acto de la denuncia. (Art.95.4 LSV)

  PROTECCION DE DATOS: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5º de la Ley Orgánica de Protección de Datos, se comunica que los datos recogidos serán tratados informáticamente por el Ayuntamiento de Ubeda (Plaza Vázquez de Molina, s/n) en el ejercicio de las competencias sancionadoras legalmente atribuidas. El interesado podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación o cancelación en los términos previstos en dicha Ley.
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   Ubeda,2020-03-20,EL INSTRUCTOR
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