TABLÓN EDICTAL DE SANCIONES DE TRÁFICO
Núm. 000000009310-410000 Lunes 21 enero 2019
Resoluciones de sanciones
Diputación de Sevilla
Ayuntamiento de El Cuervo de Sevilla
   ANUNCIO DEL ORGANISMO PROVINCIAL DE ASISTENCIA ECONÓMICA Y FISCAL (OPAEF), DE LA DIPUTACIÓN DE SEVILLA, POR EL QUE SE NOTIFICAN RESOLUCIONES DE EXPEDIENTES SANCIONADORES.

   El OPAEF en uso de las facultades que tiene conferidas por delegación de los correspondientes ayuntamientos acreedores, hace saber:

  De conformidad con lo dispuesto en los artículos 91 y 92 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en adelante LTSV), aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre (BOE nº 261, de 31 de octubre), en relación con lo igualmente previsto para esta materia por los artículos 44, 45 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre), en adelante LPAC; se hace pública la notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la Autoridad Sancionadora del Ayuntamiento, según lo dispuesto en el artículo 84.4 del texto refundido de la LTSV, contra las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que, habiéndose intentado hacer la misma en la Dirección Electrónica Vial (DEV) y, en caso de no disponer de la misma, en el domicilio expresamente indicado para el procedimiento o, de no haber indicado ninguno, en el domicilio que figura en los registros de la Jefatura Central de Tráfico, esta no se ha podido practicar por haber resultado la persona interesada desconocida, se ignore el lugar de notificación o bien, porque, intentada aquella en el domicilio indicado por la interesada para tales procedimientos, la misma haya resultado infructuosa.

  De acuerdo con lo expresamente establecido por los artículos 91 y 92 del texto refundido LTSV, en relación con lo dispuesto por el artículo 44 de la LPAC; este anuncio se mantendrá expuesto en el tablón Edictal Unico del Boletín Oficial del Estado (TEU BOE) durante un periodo de veinte días naturales, transcurrido el cual, se entenderá que la correspondiente notificación ha sido practicada, dándose por cumplido dicho trámite. Dado que en este acto no se publica en su integridad, la notificación referida, de conformidad con lo previsto en los artículos 45.2 y 46 de la LPAC, se encuentra a disposición de los interesados, en la Unidad de Sanciones del Ayuntamiento o en el órgano instructor municipal, el contenido íntegro de dicho procedimiento, junto con el resto de la documentación correspondiente al expediente indicado.

  Contra estas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día en que la notificación se tenga por practicada, ante la Autoridad Sancionadora del Ayuntamiento que dictó el acto, que será el órgano competente para resolver, o alternativamente recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses a contar desde el día en que la notificación se tenga por practicada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 96 de la LTSV.

  La interposición del recurso de reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado ni de la sanción. El recurso de reposición se entenderá desestimado si no recae resolución expresa en el plazo de un mes, quedando expedita la vía contencioso administrativa.

  De no hacerse efectivo el importe de la multa dentro de los 15 días naturales siguientes a la firmeza de la sanción, se procederá a su exacción por vía ejecutiva, incrementándose con los recargos del periodo ejecutivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110 de la LTSV.

  Puede efectuar el pago de la multa mediante ingreso o transferencia a favor del OPAEF, en la cuenta restringida de LA CAIXA IBAN ES82 2100 9166 71 2200168756, debiendo indicar el número de expediente, la fecha de la infracción y la matrícula del vehículo denunciado; o bien, mediante ingreso en las entidades financieras colaboradoras previa solicitud del documento de pago en cualquiera de las oficinas del OPAEF.

  Los expedientes obran en la Unidad de Sanciones del Ayuntamiento.

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   Sevilla,2018-12-30,El Jefe del Servicio de Inspección - José A. Ortiz Ramos.,
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