TABLÓN EDICTAL DE SANCIONES DE TRÁFICO
Núm. 000000000113-200744 Martes 28 mayo 2019
Notificaciones de denuncia
Ayuntamiento de Bergara
   Edicto de notificación de denuncias de expedientes sancionadores por infracción a las normas de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial

   De conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 y 91 del Real Decreto Legislativo 06/2015, del 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se hace pública la notificación de la incoación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por el Ayuntamiento de Bergara, a las personas o entidades que a continuación de relacionan, ya que, habiéndose intentado la notificación en su domicilio, ésta no ha podido ser practicada.

  Este edicto se mantendrá expuesto en el Tablón de Edictos de Sanciones de Tráfico (TESTRA) y Boletín Oficial del Estado (BOE) durante un periodo de veinte días naturales. Finalizado este plazo la notificación se tendrá por practicada. Podrá formular escrito de alegaciones en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la práctica de la notificación.

  El órgano competente para la resolución del procedimiento es el Sr. Alcalde. (artículo 84.4 del RDLeg. 6/2015 del 30 de octubre).

  El abono de la multa puede realizarse dentro del plazo de 20 días naturales contados a partir del día  siguiente al de la notificación con la reducción del 50% del importe. Este pago reducido comportará, la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución expresa, la renuncia a presentar alegaciones (en el caso de que fuesen presentadas se tendrán por no presentadas), loa firmeza de la sanción desde el momento del pago, la detracción de puntos, en su caso, el día siguiente de la realización del pago, así como el agotamiento de la vía administrativa, siendo recurrible únicamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a al firmeza de la sanción (artículo 94 del RDLeg. 6/2015). No podrán acogerse al pago con descuento los expedientes incoados por las infracciones a los artículos 65.5 h), 77. j) y 65.6 del RDLeg. 6/2015. Consulta de puntos en Internet: www.dgt.es

  Si no es Vd. el responsable de la infracción, excepto en las infracciones por estacionamiento, está obligado a identificar al conductor en plazo de quince días naturales, aportando los datos del mismo, incluido su número de permiso de conducción (artículo 11 del RDLeg. 6/2015). El incumplimiento del deber de identificar se sanciona como falta muy grave con una multa del doble de la prevista para la infracción originaria si ésta es leve y del triple si es grave o muy grave (artículo 77. j del RDLeg. 6/2015).

  En el caso de infracciones leves o infracciones graves que no conlleven detracción de puntos, si el denunciado no presenta alegaciones ni abona el importe de la multa, en los plazos señalados, la notificación de la denuncia surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador y la sanción podrá ejecutarse transcurridos treinta días naturales desde la notificación (artículo 95.4 RDLeg. 6/2015)
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   BERGARA,2019-05-24,El instructor  Ander Okiñena Pérez de Albéniz
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