TABLÓN EDICTAL DE SANCIONES DE TRÁFICO
Núm. 000000015187-280796 Viernes 29 octubre 2021
Resoluciones de sanciones
Ayuntamiento de Madrid
   Anuncio de la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación del Ayuntamiento de Madrid por el que se notifica RESOLUCIÓN SANCIONADORA

   Habiendo intentado practicar, sin resultado positivo, la notificación individual en la forma prevista en el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en lo sucesivo LSV) y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.3 de la LSV se hace público lo siguiente: "En uso de las facultades que me han sido delegadas por acuerdo de la Junta de Gobierno de 4 de julio de 2019, y de conformidad con lo que determina el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP)  RESUELVO lo siguiente:

  1.-IMPONER las correspondientes multas a las personas físicas o jurídicas que, identificadas en los respectivos expedientes sancionadores como responsables de las infracciones denunciadas, figuran en la Relación cuyo número consta en el encabezamiento, con expresión de la identidad de los interesados, del motivo y cuantía de las sanciones y de otros datos especialmente significativos, que determinan, de forma individualizada, los efectos del acto.

  2.- COMUNICAR al Registro de Conductores e Infractores de la Jefatura Central de Tráfico las personas responsables de las infracciones enumeradas en los Anexos II o IV de la LSV (...)

  3.- INFORMAR a los destinatarios de las resoluciones (...) que podrán interponer, con carácter potestativo recurso de reposición ante mi Autoridad, en el plazo de UN MES contado desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación o al de su notificación por edictos, de acuerdo con las facultades que, para esta materia, me han sido delegadas por la Junta de Gobierno. El escrito de interposición será presentado o remitido a la Subdirección General de Gestión de Multas de Circulación (C/. Albarracín, 33, 28037 Madrid) o a cualquiera de los registros u oficinas a que hace referencia la normativa sobre procedimiento administrativo, indicando el número de referencia del expediente y la matrícula del vehículo. El plazo establecido para dictar y notificar la resolución del recurso será de un mes. Transcurrido dicho plazo sin que la misma haya recaído, podrá entenderse desestimado, por lo que, con independencia de la obligación de resolver, quedará expedita la vía jurisdiccional ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo. En el supuesto de no formularse dicho recurso potestativo, el plazo para interponer directamente el recurso contencioso-administrativo será de DOS MESES a contar desde la recepción de esta resolución, o de su notificación por edictos". La sanción podrá ejecutarse pese a la interposición de los citados recursos (art. 96 LSV). El importe de la sanción deberá hacerse efectivo en el plazo de UN MES, contado a partir del siguiente al de la práctica de la notificación. PARA REALIZAR EL PAGO PUEDE CONSULTAR AL TELÉFONO 010 (915298210 si se llama desde fuera de Madrid), EN EL CORREO ELECTRÓNICO gesmultas@madrid.es o EN LA WEB MUNICIPAL www.madrid.es/multas CON DNI ELECTRÓNICO O CERTIFICADO DIGITAL. Transcurrido el indicado plazo sin abonar su importe se procederá a su recaudación por la vía de apremio con los recargos e intereses legales correspondientes (art. 95 de la LSV).
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   Madrid,2021-10-22,EL SUBDIRECTOR GENERAL DE GESTIÓN DE MULTAS DE CIRCULACIÓN, Juan Rey Segura,
CSV: TTRAPU-50AYXK-45EJ13-34F4B2
https://sede.dgt.gob.es
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