TABLÓN EDICTAL DE SANCIONES DE TRÁFICO
Núm. 000000000071-020812 Viernes 27 noviembre 2020
Notificaciones de denuncia
Ayuntamiento de Villarrobledo
   ANUNCIO DEL AYUNTAMIENTO DE VILLARROBLEDO (Albacete) POR EL QUE SE NOTIFICAN INICIACIONES DE EXPEDIENTES SANCIONADORES.

   De conformidad con los arts. 91 y 92 del Real Decreto Legislativo 6/2015 de 30 de octubre, se notifica la iniciación de los expedientes sancionadores a los interesados tras haberse intentado, sin conseguirlo, en su último domicilio conocido. Finalizada la publicación por 20 días, la notificación se tendrá por practicada.


  Su vehículo ha sido denunciado procediéndose mediante Decreto de la Alcaldía a la incoación de expediente sancionador siendo el órgano instructor del procedimiento el Negociado de Multas de la Policía Local y el órgano competente para su resolución el Sr. Alcalde, estando el expediente sancionador en el Negociado de Sanciones de la Policía Local de Villarrobledo sito en C/ San Bernardo, nº 26.

  El titular será responsable de las infracciones cometidas, en los términos establecidos en el art. 82 del Real Decreto Legislativo 6/2015, disponiendo de un plazo de 20 días naturales para identificar al conductor responsable de la infracción, (art. 11 del Real Decreto Legislativo 6/2015).

  La identificación no veraz dará lugar a multa del doble de la prevista para la infracción originaria que la motivó, si es leve, y el triple, si es grave o muy grave, sin derecho a reducción (art. 80 del Real Decreto Legislativo 6/2015).

  Si realiza el pago de la multa en un plazo de 20 días naturales, se seguirá el procedimiento sancionador abreviado, con las consecuencias establecidas en el art. 94 del Real Decreto Legislativo 6/2015:

  La reducción del 50%, la renuncia a formular alegaciones; la terminación del procedimiento; el agotamiento de la vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso administrativo a partir del día siguiente al pago. La sanción no computará en el Registro de Conductores e Infractores, siempre que se trate de infracciones graves sin pérdida de puntos.

  Si no procede al pago de la multa en el plazo señalado, continuará el procedimiento sancionador ordinario, disponiendo de 20 días naturales, para formular alegaciones, mediante escrito a presentar en el Registro General del Ayuntamiento de Villarrobledo, o por cualquiera de los medios previstos en la legislación vigente.

  Si no abona la multa, ni efectúa alegaciones dentro de los plazos señalados, esta notificación surtirá los efectos de acto resolutorio del procedimiento sancionador y la multa podrá ejecutarse por vía de apremio, transcurridos 30 días naturales (art. 95.4 del Real Decreto Legislativo 6/2015). Si no hubiera recaído resolución sancionadora transcurrido UN AÑO desde la iniciación del procedimiento, se producirá la caducidad y se procederá al archivo de las actuaciones (art. 112.3 Real Decreto Legislativo 6/2015).

  El pago podrá realizarse mediante ingreso o transferencia bancaria en el número de cuenta de la Caja Rural de Castilla La Mancha nº IBAN ES34 3081 0503 6225 8094 2924, a favor del Ayuntamiento de Villarrobledo, haciendo constar el número de expediente.
NOTA IMPORTANTE: Los datos de la publicación de edictos mostrados pueden no ser completos ya que en formato
HTML sólo se muestran los expedientes obtenidos al introducir algún criterio de búsqueda.
Si desea ver un expediente en concreto de esta publicación debe pulsar el bóton correspondiente
de la parte superior izquierda de esta pantalla para introducir dichos criterios de busqueda;
si desea ver esta publicación completa debe descargarla en formato PDF pulsando el
botón correspondiente de la parte superior izquierda de esta pantalla.
   VILLARROBLEDO (Albacete),2020-11-24,EL ALCALDE-PRESIDENTE, SIMÓN-VALENTÍN BUENO VARGAS.
CSV: TTRAPU-200H7Q-06OFEC-E36521
https://sede.dgt.gob.es
TABLÓN EDICTAL DE SANCIONES DE TRÁFICO