TABLÓN EDICTAL DE SANCIONES DE TRÁFICO
Núm. 000000000310-300392 Martes 18 mayo 2021
Notificaciones de denuncia
Ayuntamiento de Totana
   ANUNCIO DE NOTIFICACIÓN DE INICIACIÓN DE EXPEDIENTES SANCIONADORES EN MATERIA DE TRÁFICO

   De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 y siguientes del Real Decreto Legislativo 6/2015 de 30 de Octubre se hace pública la notificación de la iniciación de los expedientes sancionadores que se indican, incoados a las personas o entidades denunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

  Este edicto se mantendrá expuesto en el Boletín Oficial del Estado durante un periodo de veinte días naturales . Finalizado este plazo la notificación se tendrá por practicada.

  A) CONFORMIDAD CON LA DENUNCIA: La multa fijada podrá hacerla efectiva, con una reducción del 50%, durante los 20 días naturales siguientes a su notificación en el BOE, en la Oficina de Atención al Contribuyente, sita en calle San Cristóbal, 8 bajo de Totana, lugar donde obran los correspondientes expedientes, o bien mediante giro postal o transferencia bancaria a la cuenta de este Ayuntamiento en Bankia nº ES87 2038-3051-34-6400000595, indicando nº de expediente y nombre del titular.

  Este pago con la reducción citada implicará la terminación del procedimiento el día del pago y la renuncia a formular alegaciones, así como el agotamiento de la vía administrativa, siendo recurrible únicamente ante el orden jurisdiccional  contencioso-administrativo.

  B) DISCONFORMIDAD CON LA DENUNCIA: En virtud del art. 95.1 del R.D.L. 6/2015, puede formular las alegaciones que tenga por conveniente y proponer o aportar las pruebas que estime oportunas, dentro del plazo de 20 días naturales, a partir de esta notificación, ante la Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento.

  Así mismo, se le hace saber que:

  1. Infracciones muy graves y graves con detracción de puntos: Si no formula alegaciones ni abona el importe de la multa en el plazo de 20 días naturales, la presente notificación será considerada propuesta de resolución.

  2. Infracciones leves y graves sin detracción de puntos: Si no formula alegaciones ni abona el importe de la multa en el plazo de 20 días naturales, la presente notificación surte efecto de acto resolutorio del procedimiento. Esto supone que no se dictará resolución sancionadora y que se procederá a la ejecución de la sanción a los 30 días naturales de su notificación, momento en que adquirirá firmeza, quedando abierta la vía contencioso-administrativa.

  3. Vencido el plazo de 15 días naturales siguientes a la fecha de la firmeza de la sanción sin que se hubiese satisfecho la multa, su cobro se llevará a cabo por el procedimiento de apremio. (Art. 110 R.D.L. 6/2015).

  4. Si en la columna (Requerimiento) aparece el número (1), se requiere al denunciado que se cita, titular del vehículo objeto de la denuncia, para que identifique en el plazo de 20 días naturales al conductor del mismo en la fecha abajo indicada. En caso de que no cumpla con el deber legal de identificar al conductor del vehículo en el plazo citado, se le iniciará expediente sancionador  por infracción al artículo 11.1 del R.D.L. 6/2015.

  CADUCIDAD: Estos expedientes caducarán al año de su iniciación, si no se hubiesen producido las correspondientes resoluciones sancionadoras, salvo que concurran causas de suspensión del mismo. (Art. 112.3 R.D.L. 6/2015).

  Los presentes datos se hallan incorporados en un fichero cuyo titular es este Ayuntamiento, todo ello de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección Personales y garantía de los derechos digitales.
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   Totana,2021-05-15,LA INSTRUCTORA DE LOS EXPEDIENTES.
  Fdo. EULALIA Mª CARRILLO ANDREO.,
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