TABLÓN EDICTAL DE SANCIONES DE TRÁFICO
Núm. 000000000675-300161 Martes 21 julio 2020
Notificaciones de denuncia
Ayuntamiento de Cartagena
   NOTIFICACIÓN INICIACIÓN EXPEDIENTES SANCIONADORES TRÁFICO

   Intentada, sin resultado positivo, la notificación individual en la forma prevista en el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (LSV), conforme a los arts 90, 91 y 92, El Concejal del Área de Gobierno de Seguridad Ciudadana, Vía Pública y Festejos, en virtud de competencia delegada por Decreto de Alcaldía-Presidencia de fecha 19 de junio de 2019 (corrección de errores de 4 de julio de 2019) sobre creación de Áreas de Gobierno y delegación de competencias, formulada denuncia por infracción a la norma de tráfico que consta en la misma, ordena la incoación del correspondiente expediente sancionador y su instrucción a la Jefa de la U. A. de Sanciones de Tráfico. Podrá usted proceder del siguiente modo:

  A.- CONFORMIDAD CON LA DENUNCIA: Si el pago de la multa se efectúa dentro del plazo de VEINTE DÍAS NATURALES a contar de la presente SE REDUCIRÁ EN UN 50% y tendrá como consecuencias, arts 94 y 108 de la LSV: la terminación del procedimiento, la renuncia a formular alegaciones o interponer recurso administrativo, la detracción de puntos al día siguiente. El plazo de DOS MESES para interponer Recurso Contencioso Administrativo se inicia el día siguiente al pago de la multa. PARA REALIZAR EL PAGO podrá consultar en el teléfono 968128940, lunes a viernes  de 9:00 a 13:00 horas, o bien abonarlo mediante pago telemático en la dirección www.cartagena.es/pagomultas.

  B.- DISCONFORMIDAD CON LA DENUNCIA: en el plazo de veinte días naturales, contados desde la presente, podrá presentar alegaciones, citando nº de expediente a la U. A. de Sanciones de Tráfico, Área de Gobierno de Hacienda e Interior, Ayuntamiento de Cartagena, Ctra. de la Unión, CP 30399. La no formulación de alegaciones producirá los efectos del art. 95 de la LSV.

  C.- IDENTIFICACIÓN DEL CONDUCTOR O ARRENDATARIO: En caso de no ser usted el conductor responsable dispone de VEINTE DÍAS NATURALES para identificar verazmente al mismo, indicando nombre, apellidos, fecha de nacimiento, DNI/NIF/CIF, domicilio y nº permiso de conducir. En caso de no figurar en el Registro de Conductores de la DGT aportará copia de autorización administrativa que le autorice a conducir en España o contrato de arrendamiento en el supuesto de alquiler de vehículos sin conductor. La omisión o error de los citados datos, de que aparezca consignado en la columna REQUERIMIENTO el nº 1 o de infracciones que supongan la detracción de puntos, motivará la exigencia de responsabilidad de conformidad con el art. 80.2.b de la LSV.

  PROTECCIÓN DE DATOS: De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que sus datos de carácter personal se hallan incorporados a un fichero denominado EXPEDIENTES MULTAS, cuyo titular y responsable es el Ayuntamiento de Cartagena, con dirección en C/ San Miguel, 8, 30201, Cartagena. Asimismo, le informamos de la posibilidad de hacer efectivos sus derechos de acceso, oposición, rectificación y cancelación en los términos previstos en la citada ley, ante el titular y responsable del fichero, en la citada dirección.
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   CARTAGENA,2020-07-14,El Concejal del Área de Gobierno de Seguridad Ciudadana, Vía Pública y Festejos,
CSV: TTRAPU-50T4VC-D8IGA1-C288AC
https://sede.dgt.gob.es
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