TABLÓN EDICTAL DE SANCIONES DE TRÁFICO
Núm. 000000011019-060000 Martes 28 mayo 2019
Resoluciones de sanciones
Diputación de Badajoz
   NOTIFICACION DE SANCIONES POR INFRACCIONES DE TRÁFICO.

  EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMENDRALEJO

   De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 461 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas, en relación con lo igualmente establecido en esta materia por los artículos 89, 90, 91 y 92 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (TRLSV), se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por la autoridad competente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 del TRLSV, a las personas o entidades que a continuación se relacionan , ya que, bien por haber resultado éstas últimas desconocidas o ignorado el lugar de notificación, bien por el hecho de haberse intentado la misma en su último domicilio conocido, aquella no se ha podido practicar. Este edicto se mantendrá expuesto durante un período de 20 días naturales. Finalizado este plazo, la notificación se tendrá por practicada dándose por cumplido dicho trámite y continuándose con el procedimiento. Durante el mismo, los sancionados o sus representantes, debidamente acreditados, podrán comparecer para constancia y conocimiento del contenido íntegro de la resolución, que se omite en esta publicación en aplicación de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, en los Servicios Centrales de este Organismo de Recaudación o cualquiera de las oficinas comarcales del mismo, de lunes a viernes en horario de 9 a 14 horas. Medios de impugnación: Contra estas resoluciones, que agotan la vía administrativa, podrá interponerse, conforme dispone el artículo 96 del TRLSV: a) RECURSO DE REPOSICIÓN, con carácter POTESTATIVO, en el plazo de UN MES ante el órgano que dictó el acto, que será el competente para resolverlo o bien,b) RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO, en el plazo de DOS MESES, ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo competente de Badajoz/Mérida. Ambos plazos contados desde el día siguiente al de finalización de la presente publicación. La interposición del recurso de reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado ni de la sanción, entendiéndose desestimado si no recae resolución expresa en el plazo de un mes, quedando libre la vía contencioso-administrativa. Firmeza, plazos y forma de pago. La sanción adquiere firmeza en vía administrativa por la falta de interposición del citado Recurso de Reposición o con la notificación de la resolución expresa del mismo. El pago de la multa deberá hacerse efectivo dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha de su firmeza. Vencido el plazo de ingreso establecido en el apartado anterior sin que se hubiese satisfecho la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio.
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   Badajoz,2019-05-22,El instructor, Benjamín Villarín Benito,
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