TABLÓN EDICTAL DE SANCIONES DE TRÁFICO
Núm. 000000001830-280920 Martes 18 mayo 2021
Notificaciones de denuncia
Ayuntamiento de Móstoles
   NOTIFICACION REQUERIMIENTO PARA IDENTIFICAR AL CONDUCTOR CON PUNTOS

   INCOACIÓN PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EN MATERIA DE TRAFICO (PUNTOS)

  De conformidad con lo dispuesto en los artículos 90, 91 Y 92 del Real Decreto Legislativo 06/2015, del 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se hace pública la notificación de la incoación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por el Ayuntamiento de Móstoles, a las personas o entidades que a continuación de relacionan, ya que intentada la notificación en el domicilio que figura en los registros de la D.G.T. no ha resultado posible la entrega de la misma.

  Notificada esta Resolución, que se entiende practicada a los 20 días naturales de su publicación en el BOE, se requiere al interesado para que, en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES, contados a partir del día siguiente al de la práctica de esta notificación identifique de forma veraz a la persona que conducía el vehículo o, en su caso, al arrendatario del mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 del LTCVMSV. (Nombre, apellidos, permiso o licencia de conducción/DNI/NIF y domicilio completo). Si el conductor identificado no figura inscrito en el Registro de Conductores de la Jefatura Central de Tráfico, deberá aportar, junto con la identificación, copia de la autorización administrativa que le habilite a conducir en España o del contrato de arrendamiento en el supuesto de alquiler de vehículos sin conductor.

  *Se advierte que por la omisión o error en cualquiera de los datos requeridos, por ser todos imprescindibles para su inequívoca identificación, o por el incumplimiento de esta obligación, SERÁ SANCIONADO PECUNIARIAMENTE COMO AUTOR DE INFRACCIÓN MUY GRAVE, con multa del doble de la prevista si la infracción que la motivó es leve y del triple si la misma es grave o muy grave (art. 80. 2 b) de la LTCVMSV).

  IMPORTANTE: AUNQUE SEA EL INTERESADO EL CONDUCTOR TAMBIEN TIENE LA OBLIGACIÓN DE IDENTIFICARSE COMO TAL.

  En el mismo plazo de los VEINTE DIAS NATURALES podrá realizar el pago voluntario de la multa con una reducción del 50% de su importe o formular alegaciones con aportación y/o proposición de las pruebas que estime oportunas,(art. 95 RDL y art. 106.1 de la OTC). Si efectúa el pago se tendrá por concluido el presente procedimiento administrativo sancionador sin necesidad de dictar resolución expresa con las siguientes consecuencias: la renuncia a formular alegaciones (o de presentarse no ser objeto de valoración), el agotamiento de la vía administrativa, la firmeza de la sanción y el inicio del plazo para interponer únicamente recurso contencioso administrativo (art. 80 RDL). En el caso de pagar con reducción, se le tendrá por identificado y se le propondrá para la retirada de los puntos a la DGT.

  Los plazos han estado sujetos a la suspensión establecida en la Disp. Ad. 3ª del R. D. 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, reanudándose el 1 junio en virtud del art. 9 del R. D. 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el R.D.463/2020, de 14 de marzo antedicho.
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   Móstoles,2021-05-15,Concejal Delegado de Hacienda. Vitorio Martínez Armero,
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