TABLÓN EDICTAL DE SANCIONES DE TRÁFICO
Núm. 000000000180-330169 Martes 21 julio 2020
Notificaciones de denuncia
Ayuntamiento de Castrillón
   REQUERIMIENTO DE IDENTIFICACION DE CONDUCTOR POR DENUNCIA EN MATERIA DE TRAFICO

   De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con lo igualmente establecido en esta materia por los artículos 90 y 91 del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, se hace pública la notificación de los expedientes sancionadores que se indican, instruidos por el Ayuntamiento de Castrillón, contra las personas o entidades que a continuación se relacionan ya que, bien por haber resultado éstas últimas desconocidas, o ignorado el lugar de notificación, bien por el hecho de haberse intentado la misma en su último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Este anuncio se mantendrá expuesto durante un periodo de 20 días naturales, transcurrido el cual, se entenderá que la notificación ha sido practicada.

  Para la incoación de dicho procedimiento sancionador se precisa, como trámite previo, que proceda a IDENTIFICAR AL CONDUCTOR DEL VEHICULO EN EL MOMENTO DE LA INFRACCION, obligación establecida en los artículos 11.1 y 93.1 del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, para la que se le requiere por medio de la presente.

  Para la realización de dicho trámite de identificación dispone de un plazo de 20 DIAS NATURALES desde la notificación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado debiendo aportar, por escrito y de forma veraz, nombre y apellidos, NIF o número de pasaporte y domicilio completo del conductor. Si éste no figurase en el Registro de Conductores e Infractores, deberá aportar copia de la autorización administrativa que le habilite para conducir en España o, para el caso de empresas de alquiler de vehículos sin conductor, copia del contrato de arrendamiento.

  A tales efectos deberá aportar dicha identificación en la Unidad de Recaudación (Ayuntamiento de Castrillón, Plaza de Europa nº 1, 33450 Piedrasblancas) dependiente de la Tesorería Municipal, instructora del procedimiento sancionador, en el plazo citado.

  El incumplimiento de esta obligación conllevará la apertura de un procedimiento sancionador por infracción muy grave (artículo 77.j) del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial), que conllevará una multa cuyo importe será del doble de la prevista para la infracción originaria que la motivó, si es leve, y del triple si la infracción originaria es grave o muy grave (artículo 80.2 b) del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial).
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   En Piedrasblancas,2020-07-14,.- LA ALCALDESA-PRESIDENTA, YASMINA TRIGUERO ESTEVEZ
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