TABLÓN EDICTAL DE SANCIONES DE TRÁFICO
Núm. 000000001348-200454 Lunes 22 febrero 2021
Notificaciones de denuncia
Ayuntamiento de Irun
   Expedientes sancionadores (Denuncias)

   Según lo dispuesto en los artículos 91 y 92 del RDL 6/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se hace pública la notificación de los expedientes sancionadores que se indican, tramitados por el Ayuntamiento de Irun según lo dispuesto en el artículo 84 de la citada ley, a las personas que a continuación se relacionan, ya que, habiéndose intentado la notificación en su domicilio o en la Dirección Electrónica Vial, ésta no se ha podido practicar.

  Transcurridos 20 días naturales desde que la notificación se hubiese publicado en el BOE se entenderá que ésta ha sido practicada, dándose por cumplido dicho trámite,  pudiéndose pagar la multa o alegar, aportando cuantos documentos y pruebas estime convenientes, dentro del plazo de veinte días naturales, contados desde el día siguiente al de la finalización de la citada publicación. El escrito de alegaciones deberá presentarse ante el Servicio de Atención Ciudadana y dirigirse a la Delegada de Policía Local del Ayuntamiento de Irun o a través de www.irun.org/sac, haciendo constar: número de expediente, fecha de denuncia y matrícula del vehículo.

  Se podrán obtener las reducciones previstas legalmente del importe de la multa si se hace efectiva dentro del plazo de pago señalado. Las reducciones no serán aplicables a las infracciones previstas en el artículo 77 h, j, n, ñ, o, p, q y r de la ley de Tráfico. El pago de la sanción supone el fin del procedimiento sancionador sin dictar resolución expresa, la renuncia a formular alegaciones y la firmeza de la sanción, desde el momento del pago siendo recurrible únicamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la firmeza de la sanción.

  En caso de no haber sido Ud. la persona responsable de la infracción, tiene la obligación de identificar verazmente al conductor o arrendatario del vehículo en el plazo de veinte días naturales, haciéndole saber que si incumple la citada obligación legal, se le iniciará expediente sancionador como autor de una infracción MUY GRAVE de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 de la expresada Ley. Este requerimiento no tiene virtualidad si el procedimiento sancionador se ha iniciado como consecuencia del incumplimiento del deber de identificación del titular o cuando la persona responsable de la infracción cometida sea la titular del vehículo, la arrendataria a largo plazo o el conductor habitual.

  Transcurridos los plazos indicados sin que se haya abonado el importe de la sanción ni se hayan presentado alegaciones y/o aportado o propuesto pruebas, se resolverá el procedimiento conforme a lo previsto en los artículos 95 y 96 de la mencionada Ley.

  En caso de que esta denuncia llevara aparejada la retirada de puntos, éstos se detraerán una vez la sanción sea firme.

  Contra el acto resolutorio del procedimiento sancionador, podrá interponer recurso de reposición con carácter potestativo, ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir de la finalización del plazo de pago y alegaciones. La interposición del recurso no suspende la ejecución del acto impugnado ni la de la sanción. Si transcurrido un mes desde su interposición no recae resolución expresa, el recurso se entenderá desestimado. En todo caso, alternativamente podrá presentar recurso ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la firmeza de la sanción.

  -LUGARES DE PAGO: En www.irun.org/pagodenuncias o en el teléfono 943 50 51 52.

  Los expedientes obran en el Dto. Policía Local del Ayuntamiento. Para su consulta debe solicitar CITA PREVIA.
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   Irun,2021-02-19,La Secretaria, P.D. El Técnico de Administración General, Alain López de Lacalle Artolazabal.,
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