TABLÓN EDICTAL DE SANCIONES DE TRÁFICO
Núm. 000000015188-280796 Viernes 29 octubre 2021
Notificaciones de denuncia
Ayuntamiento de Madrid
   Anuncio de la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación del Ayuntamiento de Madrid por el que se notifica INCOACIÓN DE EXPEDIENTE SANCIONADOR (ART. 11 LSV)

   Habiendo intentado practicar la notificación individual en la forma prevista en el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en lo sucesivo LSV) y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.3 de la LSV se hace público lo siguiente: La Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación ha dispuesto ordenar la incoación del procedimiento sancionador contra el responsable del vehículo cuyos datos constan en la presente notificación, por INCUMPLIMIENTO DEL DEBER DE IDENTIFICACIÓN DEL CONDUCTOR RESPONSABLE QUE LE IMPONE EL ARTÍCULO 11 de la LSV. Al propio tiempo, encomienda su instrucción y propuesta de resolución al Departamento de Instrucción de Multas de Circulación. De conformidad con lo dispuesto en la LSV, usted podrá proceder del siguiente modo:

  A.- CONFORMIDAD CON LA DENUNCIA: Podrá efectuar el pago de la multa en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES contados a partir del día siguiente a aquel que tiene lugar la práctica de la notificación. Si opta por el pago, sin presentar alegaciones, el órgano instructor elevará propuesta de resolución a la Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación proponiendo la sanción correspondiente. PARA REALIZAR EL PAGO PUEDE CONSULTAR AL TELÉFONO 010 (915298210 si se llama desde fuera de Madrid), EN EL CORREO ELECTRÓNICO gesmultas@madrid.es o EN LA WEB MUNICIPAL www.madrid.es/multas CON DNI ELECTRÓNICO O CERTIFICADO DIGITAL.

  B.- DISCONFORMIDAD CON LA DENUNCIA: En el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES, contados a partir del día siguiente al de la práctica de la notificación podrá formular escrito de alegaciones dirigido al Departamento de Instrucción de Multas de Circulación de la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación en la c/Albarracín 33, 28037 Madrid. (..).

  C.- CADUCIDAD DEL PROCEDIMIENTO: Si no se hubiera producido la resolución sancionadora transcurrido UN AÑO desde la iniciación del procedimiento, se producirá su caducidad y se procederá al archivo de las actuaciones a solicitud de cualquier interesado o de oficio por el órgano competente para dictar resolución (art. 112.3 LSV).

  PROTECCIÓN DE DATOS: Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero "Infracciones de Movilidad" (...). El órgano responsable del fichero es la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, con dirección en c/ Albarracín, 33. 28037-MADRID, ante la que el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999.
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   Madrid,2021-10-22,EL SUBDIRECTOR GENERAL DE GESTIÓN DE MULTAS DE CIRCULACIÓN, Juan Rey Segura,
CSV: TTRAPU-50DSWE-DBJMA6-9BBAF1
https://sede.dgt.gob.es
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